SACRAMENTO, California. — Para millones de californianos preocupados por su salud y sus ingresos durante la pandemia de coronavirus, el 1 de mayo es la fecha límite para pagar la renta mensual. Sin embargo, muchos de ellos se ven afectados por la pérdida de sus trabajos debido al coronavirus o el cierre estatal para contener a esta.
Si no pagaste la renta este mes porque fuiste afectado por el coronavirus, California te ofrece estos derechos
Una orden ejecutiva frena los desalojos a los inquilinos si sus ingresos fueron afectados por el coronavirus. Las personas que no pudieron pagar la renta del 1 de mayo deben cumplir con una serie de pasos. Aquí te los explicamos.
El gobernador Gavin Newsom firmó una orden ejecutiva para frenar temporalmente los desalojos a los residentes afectados que se encuentran sin la renta completa, y permitirles posponer la renta.
La orden requiere una serie de acciones por parte del inquilino para ser protegido contra el desalojo y recibir un aplazamiento para su renta, la cual todavía tendrá que ser pagada según el acuerdo que se llega con el dueño de la vivienda.
La primera fecha límite para solicitar esta ayuda es siete días después de la fecha para entregar la renta, lo que para muchos es el 7 de mayo. A continuación, los tres pasos que tienes que tomar para recibir la protección de esta orden ejecutiva, y una hoja para presentar al dueño de tu vivienda que le informa que estás protegido:
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1. La orden requiere que el inquilino ya había pagado la última renta a tiempo según el contrato con el dueño.
2. Tienes que comprobar que pasaste por una de las siguientes dificultades:
- No pudiste trabajar porque contrataste el coronavirus, tuiste que estar en casa porque se sospechaba que la contrataste, o cuidaste a un familiar a quien se le confirmó la enfermedad
- Perdiste tu trabajo, o viste una reducción de horas de trabajo, o sufriste otro tipo de pérdida financiera que resultó del brote de coronavirus o las órdenes de quedar en casa
- Tuviste que perder días de trabajo para cuidar a un hijo cuyo escuela canceló clases como respuesta al coronavirus
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3. La orden también requiere las siguientes acciones:
- Tienes que notificar lo más pronto posible al dueño de la vivienda de tu dificultad para pagar, pero tienes hasta siete días después de que se debe la renta para hacer esto. Recuerda que la renta se va a posponer, no se va a eliminar. Es decir, todavía se tendrá que pagar, pero tendrás más tiempo para hacerlo, y tienes que llegar a un acuerdo con el dueño sobre la fecha para pagar la renta total.
- Debes juntar todos los documentos que comprueban tus pérdidas financieras y dificultades, como documentos de la pérdida de trabajo, cheques del sueldo, documentos del banco, documentos médicos o cartas de tu empleador que explican tus circunstancias. Estas evidencias deberán ser entregadas al dueño antes de la fecha acordada para pagar la renta total.
La oficina de la fiscalía estatal ofrece una hoja que puedes imprimir, rellenar y entregar al dueño de tu vivienda para avisarle que deseas pedir las protecciones. En la hoja pones la fecha, el nombre del dueño, tu nombre y domicilio, seleccionas de cuál manera fuiste afectado, y le pones tu firma. Le sacas una foto al documento y lo entregas al dueño. Haz clic aquí para ver la hoja.
Durante el moratorio de desalojos ordenado por el gobernador, las agencias policíacas y las cortes están prohibidas de participar en ejecuciones de desalojos a las personas que cumplen con estos requisitos. Las personas que no logran pagar la renta acumulada según el acuerdo con el dueño de la vivienda podrían ser desalojadas bajo los procesos legales.
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