Si no pagaste la renta este mes porque fuiste afectado por el coronavirus, California te ofrece estos derechos

Una orden ejecutiva frena los desalojos a los inquilinos si sus ingresos fueron afectados por el coronavirus. Las personas que no pudieron pagar la renta del 1 de mayo deben cumplir con una serie de pasos. Aquí te los explicamos.

Por:
Univision
Desde Los Ángeles, Socorro Cruz conversó con Jessica, quien es madre de dos niños y afirma se quedó sin empleo desde que comenzaron las medidas de distanciamiento social por la pandemia del coronavirus. Jessica no sabía que hay organizaciones que la pueden ayudar en el pago de su renta, así que le ofrecimos buscar una con ella.
Video “No sé qué hacer, no tengo para pagar la renta”: uno entre millones de casos en EEUU

SACRAMENTO, California. — Para millones de californianos preocupados por su salud y sus ingresos durante la pandemia de coronavirus, el 1 de mayo es la fecha límite para pagar la renta mensual. Sin embargo, muchos de ellos se ven afectados por la pérdida de sus trabajos debido al coronavirus o el cierre estatal para contener a esta.

El gobernador Gavin Newsom firmó una orden ejecutiva para frenar temporalmente los desalojos a los residentes afectados que se encuentran sin la renta completa, y permitirles posponer la renta.

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La orden requiere una serie de acciones por parte del inquilino para ser protegido contra el desalojo y recibir un aplazamiento para su renta, la cual todavía tendrá que ser pagada según el acuerdo que se llega con el dueño de la vivienda.

La primera fecha límite para solicitar esta ayuda es siete días después de la fecha para entregar la renta, lo que para muchos es el 7 de mayo. A continuación, los tres pasos que tienes que tomar para recibir la protección de esta orden ejecutiva, y una hoja para presentar al dueño de tu vivienda que le informa que estás protegido:


1. La orden requiere que el inquilino ya había pagado la última renta a tiempo según el contrato con el dueño.

2. Tienes que comprobar que pasaste por una de las siguientes dificultades:

  • No pudiste trabajar porque contrataste el coronavirus, tuiste que estar en casa porque se sospechaba que la contrataste, o cuidaste a un familiar a quien se le confirmó la enfermedad
  • Perdiste tu trabajo, o viste una reducción de horas de trabajo, o sufriste otro tipo de pérdida financiera que resultó del brote de coronavirus o las órdenes de quedar en casa
  • Tuviste que perder días de trabajo para cuidar a un hijo cuyo escuela canceló clases como respuesta al coronavirus

3. La orden también requiere las siguientes acciones:

  • Tienes que notificar lo más pronto posible al dueño de la vivienda de tu dificultad para pagar, pero tienes hasta siete días después de que se debe la renta para hacer esto. Recuerda que la renta se va a posponer, no se va a eliminar. Es decir, todavía se tendrá que pagar, pero tendrás más tiempo para hacerlo, y tienes que llegar a un acuerdo con el dueño sobre la fecha para pagar la renta total.
  • Debes juntar todos los documentos que comprueban tus pérdidas financieras y dificultades, como documentos de la pérdida de trabajo, cheques del sueldo, documentos del banco, documentos médicos o cartas de tu empleador que explican tus circunstancias. Estas evidencias deberán ser entregadas al dueño antes de la fecha acordada para pagar la renta total.
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La oficina de la fiscalía estatal ofrece una hoja que puedes imprimir, rellenar y entregar al dueño de tu vivienda para avisarle que deseas pedir las protecciones. En la hoja pones la fecha, el nombre del dueño, tu nombre y domicilio, seleccionas de cuál manera fuiste afectado, y le pones tu firma. Le sacas una foto al documento y lo entregas al dueño. Haz clic aquí para ver la hoja.

Durante el moratorio de desalojos ordenado por el gobernador, las agencias policíacas y las cortes están prohibidas de participar en ejecuciones de desalojos a las personas que cumplen con estos requisitos. Las personas que no logran pagar la renta acumulada según el acuerdo con el dueño de la vivienda podrían ser desalojadas bajo los procesos legales.

Sigue nuestra cobertura de coronavirus y los diferentes apoyos disponibles en estos enlaces:

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Relacionado:

El gobernador de California, Gavin Newsom, emitió una 
<a href="https://www.gov.ca.gov/wp-content/uploads/2020/03/3.16.20-Executive-Order.pdf" target="_blank">orden ejecutiva</a> que autoriza a los gobiernos locales a suspender los desalojos para inquilinos. Hasta el momento la protección está vigente hasta el 31 de mayo de 2020.
Algunas ciudades han tomado medidas para proteger a los inquilinos de desalojos. La moratoria se aplica si un inquilino no puede pagar el alquiler durante el período establecido, el cual debe notificar a sus propietarios que el alquiler no se pagará a tiempo. Los inquilinos deben proporcionar documentación que demuestre pérdidas de ingresos sustanciales causadas por despidos de trabajo, gastos médicos de bolsillo o requisitos para quedarse en casa debido a Covid-19.
Estas son las ciudades que hasta el momento han aprobado moratorias. Este listado será actualizado a medida que se pronuncien otras ciudades.
<b>Los Ángeles</b>: El alcalde Eric Garcetti 
<a href="https://www.lamayor.org/sites/g/files/wph446/f/page/file/March232020OrderEllisalcoholparking_0.pdf" target="_blank">firmó una orden</a> el 23 de marzo en la cual se requiere "que ningún propietario desaloje a un inquilino residencial o comercial en la ciudad de Los Ángeles durante el período en el que dure la emergencia local si el inquilino puede demostrar que no puede pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con la pandemia de Covid-19".
Garcetti además anunció que los servicios públicos del LAWDP no serán cortados por falta de pago durante el período en el que dure la emergencia y la moratoria se "extenderá por un tiempo indefinido", según el 
<a href="https://www.lamayor.org/mayor-garcetti-orders-new-restrictions-evictions-announces-indefinite-moratorium-water-and-power" target="_blank">comunicado</a>.
<b>San Francisco: </b>El 13 de marzo, el alcalde London N. Breed 
<a href="https://sf.gov/sites/default/files/2020-03/MOHCD%20eviction%20moratorium%20guidance_v01_20200318.pdf" target="_blank">anunció una moratoria</a> sobre los desalojos residenciales relacionados con los impactos financieros causados por Covid-19. La moratoria evitará que cualquier residente sea desalojado debido a una pérdida de ingresos relacionada con un cierre comercial, pérdida de horas o salarios, despidos o costos médicos de su bolsillo causados por la pandemia de Covid-19. La moratoria tiene efecto retroactivo desde que se declaró la emergencia local el 25 de febrero. La moratoria de desalojo estará vigente por 30 días, y el alcalde puede extenderla por otros 30 días mediante una orden ejecutiva.
<b>San Diego</b>: El 25 de marzo la Ciudad de San Diego promulgó una 
<a href="https://www.sandiego.gov/mayor/news/releases/San-Diego-Enacts-Emergency-Moratorium-on-Evictions-Creates-Relief-Fund-for-Local-Businesses " target="_blank">moratoria de desalojo</a> que brinda alivio a los inquilinos residenciales y comerciales que enfrentan dificultades financieras relacionadas con la pandemia COVID-19. Durará hasta el 31 de mayo de 2020. Los inquilinos deben demostrar una disminución sustancial en los ingresos o gastos médicos causados por COVID-19 para calificar. No eximirá al inquilino de su obligación de pagar el alquiler ni restringirá al arrendador.
<b>Sacramento:</b> La Junta de Supervisores del Condado de Sacramento adoptó el 24 de marzo una 
<a href="https://www.saccounty.net/news/latest-news/Pages/SacCounty-Approves-Temporary-Moratorium.aspx" target="_blank">resolución para una moratoria temporal </a>sobre los desalojos de inquilinos residenciales. La resolución permanece vigente durante la emergencia.
<b>Long Beach</b>: Una nueva ordenanza de emergencia, vigente a partir del 25 de marzo, “detiene temporalmente los desalojos para inquilinos residenciales y comerciales afectados por la pandemia Covid-19, como parte de un paquete integral de ayuda para el alquiler aprobado por unanimidad el martes por la noche por el Ayuntamiento”. Si un inquilino no puede pagar el alquiler entre el 4 de marzo y el 31 de mayo, debido a una reducción en los ingresos causada por Covid-19, debe notificar a sus propietarios.
<b>West Hollywood: </b>El 16 de marzo el concejo de la ciudad aprobó una 
<a href="https://www.weho.org/services/coronavirus-covid-19/renter-resources" target="_blank">orden temporal de suspensión de desalojos </a>por falta de pago de la renta durante el estado actual de emergencia causado por la pandemia Covid-19. Hasta el momento la moratoria estará vigente por 60 días, sin embargo puede estar sujeta a extensiones si la emergencia de salud pública por el coronavirus se prolonga.
<b>Culver City</b>: El 16 de marzo, Culver City 
<a href="https://www.culvercity.org/home/showdocument?id=18882 " target="_blank">ordenó la suspensión de desalojos residenciales</a> como resultado de la incapacidad de los inquilinos de pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con la pandemia de Covid-19. Además, el 20 de marzo, se emitió la orden que “ningún propietario puede desalojar a un inquilino de un recinto comercial durante el tiempo de la emergencia si el inquilino puede demostrar que no puede pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con Covid-19”, según el comunicado.
<b>Santa Mónica</b>: El 18 de marzo la ciudad de Santa Mónica 
<a href="https://www.santamonica.gov/press/2020/03/18/city-emergency-orders-suspend-parking-restrictions-big-blue-bus-fares-late-penalties-on-city-bills-covid-19-related-commercial-and-residential-evictions-and-ellis-act-evictions" target="_blank">aprobó una protección de desalojo</a> para inquilinos residenciales y comerciales. “Ningún propietario se esforzará por desalojar a un inquilino residencial o comercial en cualquiera de las siguientes situaciones: (1) por falta de pago del alquiler si el inquilino demuestra que no puede pagar el alquiler debido a los impactos financieros relacionados con Covid-19 o (2) para un desalojo sin culpa si algún miembro del hogar está enfermo, aislado o en cuarentena.
<b>Anaheim</b>: El 24 de marzo, el Concejo Municipal de Anaheim 
<a href="http://anaheim.net/5454/Tracking-Coronavirus-Anaheim-Ready" target="_blank">aprobó una moratoria de emergencia</a> para los desalojos residenciales y comerciales para los afectados por el brote de coronavirus. La moratoria entró en vigencia ese mismo día y se extiende hasta el 31 de mayo de 2020, con opciones de prórrogas por parte del Ayuntamiento.
<b>Fresno</b>: La ciudad de Fresno emitió una 
<a href="https://www.fresno.gov/wp-content/uploads/2020/03/Eviction-Moratorium-Notice-Final-English.pdf" target="_blank">orden el 20 de marzo de 2020</a>, declarando que ningún inquilino residencial puede ser desalojado debido a la pérdida de ingresos relacionada con el brote de COVID-19. Los propietarios comerciales también tienen prohibido desalojar a los inquilinos comerciales que poseen negocios que están cerrados, ya sea voluntariamente o por mandato de reducir la propagación del virus.
<b>Costa Mesa</b>: El 24 de marzo, la ciudad de Costa Mesa aprobó una 
<a href="http://ftp.costamesaca.gov/costamesaca/council/agenda/2020/2020-03-24/Item-4.pdf" target="_blank">ordenanza de emergencia</a> con una moratoria sobre el desalojo de inquilinos residenciales o comerciales, que no pueden pagar el alquiler por la crisis Covid-19. La moratoria del desalojo residencial y comercial permanecerá vigente hasta la expiración de la Orden Ejecutiva N-28-20 del Gobernador, incluyendo cualquier extensión.
<b>Santa Ana</b>: La ciudad de Santa Ana 
<a href="https://www.santa-ana.org/city-santa-ana-halts-evictions-foreclosures-during-pandemic" target="_blank">promulgó este 20 de marzo una moratoria</a> sobre todas las ejecuciones hipotecarias y desalojos residenciales y comerciales por falta de pago del alquiler para cualquier persona que no pueda pagar debido a los impactos financieros relacionados con COVID-19. La moratoria permanecerá vigente según lo permitido por una orden ejecutiva del Gobernador de California hasta el 31 de mayo de 2020, o más, si el Gobernador lo extiende.
<b>Simi Valley:</b> La ciudad ha emitido una 
<a href="https://www.simivalley.org/Home/Components/News/News/5421/17" target="_blank">Orden que establece una moratoria</a> sobre los desalojos para inquilinos de propiedades comerciales y residenciales en la ciudad que no pueden pagar debido a la emergencia de Coronavirus.
<b>Rancho Cucamonga</b>: El 18 de marzo, el Ayuntamiento de la ciudad de Rancho Cucamonga 
<a href="https://www.cityofrc.us/sites/default/files/2020-03/City%20of%20Rancho%20Cucamonga%20COVID-19%20News%20Release%2003.20.2020.pdf" target="_blank">emitió una moratoria temporal</a> sobre los desalojos por falta de pago de la renta por parte de inquilinos residenciales o comerciales afectados por la pandemia Covid-19.
<b>San Bernardino</b>: El 18 de marzo de 2020, el Administrador de la Ciudad promulgó una 
<a href="http://www.sbcity.org/civicax/filebank/blobdload.aspx?blobid=28161" target="_blank">moratoria temporal</a> y suspensión de desalojos por falta de pago de la renta por parte de inquilinos residenciales y comerciales afectados por Covid-19 a través de la Orden Ejecutiva No. 2020-01.
<b>El Monte</b>: El 23 de marzo el Ayuntamiento de El Monte 
<a href="https://www.ci.el-monte.ca.us/AgendaCenter/ViewFile/Agenda/_03232020-631" target="_blank">aprobó una Ordenanza de Emergencia</a> en conformidad con las Secciones 36934 y 36937 (b) del Código de Gobierno para suspender por 60 días los desalojos debido a la falta de pago por circunstancias relacionadas con la pérdida de trabajo o una reducción de horas de trabajo debido a la pandemia de Covid-19. La medida puede ser extendida si la emergencia de salud pública por el coronavirus se prolonga.
<b>Apple Valley</b> estableció este 24 de marzo una moratoria temporal en los desalojos residenciales y comerciales y suspender las desconexiones o cortes de servicios públicos.
<b>Moorkpark</b>: El 19 de marzo se aprobó una 
<a href="https://www.moorparkca.gov/DocumentCenter/View/10442/Temporary-Moratorium-on-Evictions?bidId=" target="_blank">moratoria temporal de desalojo</a> por falta de pago de la renta por parte de inquilinos residenciales o comerciales afectados por la crisis Covid-19. La suspensión de desalojos estará en vigencia por el período de emergencia por el Covid-19, o hasta el 31 de mayo de 2020. Ningún propietario podrá desalojar a un inquilino residencial o comercial si el inquilino puede demostrar que no puede pagar debido a la emergencia.
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El gobernador de California, Gavin Newsom, emitió una orden ejecutiva que autoriza a los gobiernos locales a suspender los desalojos para inquilinos. Hasta el momento la protección está vigente hasta el 31 de mayo de 2020.
Imagen Getty Images