Qué delitos pueden llevar a la deportación de un inmigrante con 'green card' tras la decisión de la Corte Suprema

Con seis votos a favor y tres en contra, la Corte Suprema dio luz verde a la deportación de residentes legales que hayan sido condenados por delitos que se pueden considerar obstrucción a la justicia.

Por:
Univision
El Departamento de Seguridad Nacional señala que se han deportado personas a México y más de 30 países, en la mayoría de los casos incluso con una prohibición para entrar al país en los próximos cinco años. Autoridades recuerdan que la petición de asilo debe hacerse a través de la aplicación CBP One. Puedes ver en ViX más noticias gratis.
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En una decisión 6-3, la Corte Suprema de Justicia dictaminó este jueves que los inmigrantes con residencia legal permanente, titulares de la green card o tarjeta verde, pueden ser deportados si son condenados por ciertos delitos graves, tal como obstrucción a la justicia.

La decisión, redactada por el juez Brett Kavanaugh, contó con los votos favorables de los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito, Amy Coney Barrett y el presidente de la Corte, John Roberts. La jueza Ketanji Brown Jackson redactó una opinión separada que concuerda con el fallo.

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La jueza Sonia Sotomayor presentó la única opinión disidente, fue respaldada en su totalidad por el juez Neil Gorsuch y parcialmente por la jueza Elena Kagan.

La decisión da luz verde al gobierno federal para deportar a ciertos residentes legales permanentes (LPR) condenados por ciertos delitos graves, incluso si han estado viviendo en el país durante años y tienen familias establecidas.

En el fallo, los magistrados dijeron que las condenas, tanto por encubrimiento después del hecho, como por intentar disuadir a las víctimas de denunciar una conducta sexual inapropiada, constituyen delitos lo suficientemente graves como para que las personas fueran elegibles para la deportación.

Durante la audiencia oral previo al fallo, los abogados habían argumentado que la obstrucción requería una investigación abierta. Pero el magistrado Kavanaugh, quien escribió la opinión principal en la decisión, dijo que eso no era así.

“Los particulares pueden entorpecer el proceso de justicia aun cuando no haya una investigación o proceso pendiente”, escribió Kavanaugh. “Por ejemplo, un asesino puede amenazar con matar a un testigo si el testigo entrega información a la policía. Tal acto no es menos obstructivo simplemente porque el gobierno aún tiene que darse cuenta y comenzar una investigación”, indicó.

Los casos Cordero y Pugin

La sentencia fue en respuesta a los casos unificados de Fernando Cordero García y Jean Francois Pugin, dos residentes permanentes (LPR) quienes recibieron una orden de deportación y apelaron las condenas.

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En la sentencia del jueves, el máximo tribunal de justicia explicó que la Corte de Apelaciones del 9º Circuito había concluido que la condena estatal de Cordero-García por disuadir a un testigo de denunciar un delito “no constituía un delito relacionado con la obstrucción de la justicia” porque el delito estatal no requería que una investigación o procedimiento esté pendiente”.

Por el contrario, en el caso Pugin la Corte de Apelaciones del 4º Circuito concluyó que la condena estatal de Pugin por complicidad después del hecho constituía un delito “relativo a la obstrucción de la justicia” aun cuando el delito estatal no requería que se iniciara una investigación o un procedimiento pendiente”.

En la sentencia de 39 páginas, los magistrados señalaron además que “la ley federal establece que los no ciudadanos condenados por un delito federal o estatal que constituye un ‘delito grave’ son deportados de Estados Unidos”. Y que el Congreso amplió la definición de “delito grave” en 1996 para incluir delitos “relacionados con la obstrucción de la justicia”.

De qué se trata el caso relacionado con la deportación de residentes legales

El caso que dio lugar al fallo fue en respuesta a dos disputas que fueron unificadas ante la Corte Suprema. La disputa jurídica Pugin vs. Garland involucra a un ciudadano de Mauricio, Jean Francois Pugin, que recibió la residencia permanente en 1985. La segunda involucra al mexicano Fernando Cordero-García, quien recibió la residencia legal permanente en 1965.

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Pugin fue condenado en 2014, en Virginia, por ser cómplice de un delito grave relacionado con obstrucción a la justicia. Cordero-García fue condenado en 2009, en California, por varios delitos, incluyendo disuadir a un testigo de informar sobre un crimen.

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) buscó la deportación de ambos no ciudadanos, argumentando que tenían condenas por delitos graves. En ambos casos, los jueces de inmigración y la Juntas de Apelaciones de los Circuitos 4º y 9º fallaron a favor del DHS.


Tras un largo proceso de apelaciones, el caso terminó en la Corte Suprema que el jueves avaló la deportación de Pugin y regresó el caso de Cordero-García a un tribunal de distrito para ser revisado bajo otros criterios.

La definición de delito grave agravado incluye crímenes federales o estatales "relacionados con la obstrucción a la justicia".

"Concluimos que un delito puede 'relacionarse con la obstrucción de la justicia' según la Ley de Inmigración y Nacionalidad, aunque el delito no requiera que haya una investigación o un proceso en curso", sentenció el magistrado.

Juez Sotomayor, en contra del fallo sobre inmigrantes con 'green card'

La jueza Sotomayor no estuvo de acuerdo con la mayoría del tribunal al discrepar del criterio sobre lo que constituye una obstrucción a la justicia.

"Desde las primeras leyes estadounidenses, los diccionarios, hasta los estatutos federales y estatales sobre obstrucción, interferir con una investigación o un proceso en curso está en el núcleo de lo que significa un delito relacionado con la obstrucción a la justicia", escribió Sotomayor en su opinión disidente.

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"El tribunal evade esta amplia evidencia... y subvierte el significado comúnmente entendido de 'obstrucción a la justicia' cuando el Congreso promulgó [una sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad] en 1996", aseveró la jueza.

Pugin se declaró culpable de ser cómplice de un delito grave. Fue condenado a 12 meses de prisión, nueve de los cuales fueron suspendidos. Debido a que fue condenado por un delito grave con agravantes, el gobierno de Estados Unidos inició un proceso de deportación en su contra para deportarlo. Cuando la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) escuchó el caso, acordaron que la condena de Pugin calificaba como un delito relacionado con la obstrucción de la justicia.

La Corte de Apelaciones del 4º Circuito de Estados Unidos confirmó la opinión de la BIA, reporta el sitio Ballotpidia.

Mira también:

El proyecto de ley HR-2494 que fue presentado en la Cámara de Representantes propone que cualquier inmigrante condenado por una agresión contra un agente, bombero o socorrista sea deportable. La propuesta cuenta con el apoyo de 17 congresistas, pero deberá ser aprobado por la mayoría en la Cámara Baja para poder proceder en el Senado. Más información en Univision Noticias.
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