Corte federal determina que orden de Trump de excluir a los indocumentados del censo es ilegal

Por unanimidad, un panel de tres jueces de la Corte Federal de Distrito de Nueva York falló que la orden emitida por el presidente Donald Trump de eliminar a los indocumentados del conteo del Censo 2020 viola la "responsabilidad constitucional del poder ejecutivo".

Por:
Univision
Antonio Alarcón, de Make the Road New York, afirma que “esto es algo desafortunado, pues sabemos que, anteriormente, el presidente había tratado de intimidar a nuestra comunidad poniendo la pregunta a la ciudadanía”. “Esperamos llevar esto a corte, pues es algo inconstitucional, pero que está creando miedo”, agrega.
Video ¿Qué implicaciones puede tener el memorando que pretende que indocumentados no sean contados en el Censo 2020?

Una corte de distrito de Nueva York falló el jueves que la orden dada por el presidente Donald Trump de excluir a los inmigrantes indocumentados del Censo 2020 es “ilegal”.

Las cifras del Censo son utilizadas, entre otras cosas, para determinar los escaños del Congreso.

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Por decisión unánime, los tres jueces del panel de la Corte de Distrito Sur de Nueva York dictaminaron que la decisión del presidente, contenida en un memorando ejecutivo, viola la "responsabilidad constitucional del poder ejecutivo de contar el número total de personas en cada estado y distribuir los miembros de la Cámara de Representantes entre los Estados según sus respectivos números".

El dictamen

El dictamen emitido por el tribunal prohíbe al Departamento de Comercio reportar cualquier información sobre inmigrantes indocumentados en su conteo del censo que pueda usarse para implementar la orden del presidente.

“Al ordenar al secretario (Comercio) que proporcione dos conjuntos de números, uno derivado del censo decenal y el otro no, y anunciar que es política de Estados Unidos utilizar este último en relación con la distribución, el memorando predidencial se desvía y, por lo tanto, viola el esquema legal”, se lee en el veredicto.

En segundo lugar, añade, el memorando viola el estatuto que rige la distribución porque, mientras residan en los Estados Unidos, los extranjeros indocumentados califican como ‘personas en un estado’”.

El fallo le propina a Trump una nueva derrota judicial a menos de 60 días de las elecciones presidenciales.

Las conclusiones

El panel concluyó que “no hay disputa de que el presidente tiene acostumbrados poderes de supervisión sobre sus funcionarios ejecutivos y por lo tanto conserva cierta discreción en la realización del censo decenal y el cálculo de la distribución resultante. Sin embargo, cuando la autoridad del presidente (u otros miembros del Poder Ejecutivo) para actuar se derive de los estatutos aprobados por el Congreso, el presidente debe actuar de acuerdo con y dentro de los límites de la autoridad que el Congreso le haya otorgado”.

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Agrega que “por las razones discutidas anteriormente (señaladas en el veredicto de 86 páginas), concluimos que el presidente no lo hizo aquí y que el Memorando Presidencial es una violación ultra vires (que considera nulos los actos de las entidades públicas o privadas que rebasan los lìmites de la ley) de la delegación del Congreso de su responsabilidad constitucional de contar el número total de personas en cada Estado y de distribuir los miembros de la Cámara de Representantes”.

“En consecuencia, la moción de los Demandantes para un juicio sumario con respecto a sus demandas legales ultra vires el caso es concedido” y declaran el memorando del presidente del 11 de julio “ilegal”.

Ninguno de los tres jueces del panel de la Corte Federal de Distrito de Nueva York firmó la orden.

La orden de Trump

El pasado 11 de julio Trump firmó un memorándum para impedir que los indocumentados sean considerados dentro del Censo 2020 a la hora de definir los distritos del Congreso, una medida que choca con lo que establece la Constitución sobre la manera cómo se define la representación popular parlamentaria.

La orden fue vista por algunos opositores al gobierno como un intento de reactivar para efectos de representación política, la polémica pregunta sobre ciudadanía que el gobierno intentó incluir en el cuestionario del Censo 2020 y que la Corte Suprema determinó que era improcedente porque los argumentos de la Casa Blanca eran una “invención”.

El Censo decenal sirve, entre otras cosas, para dibujar distritos electorales en los niveles estatal y federal. En ambos casos se considera el número total de habitantes independientemente de su condición migratoria o estado legal.

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En la orden firmada por Trump para excluir a los “extranjeros ilegales” del conteo del Censo 2020, el mandatario escribió que la Constitución “excluye de la base de distribución a los extranjeros que no se encuentran en un estado migratorio legal”.

La orden activó de inmediato desafíos legales por parte de grupos de derechos de los inmigrantes y varios estados, quienes argumentaron que el memorando claramente violaba la ley que requiere que la distribución se determine en función de la población total de un estado.

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