¿Puedo viajar al extranjero si tengo un trámite migratorio pendiente? Resolvemos tus dudas migratorias

El servicio de inmigración advierte que algunos inmigrantes en proceso de obtener beneficios no pueden salir del país hasta que sus trámites concluyan. Y otros que tienen estatus temporal no pueden poner un pie fuera, porque si lo hacen pueden perder sus derechos de permanencia.

Jorge Cancino
Por:
Jorge Cancino.
Continúa la larga espera en México para los migrantes que aspiran a recibir asilo en Estados Unidos. Muchos llevan meses en albergues y confiesan lo difícil que es la situación, especialmente para los niños.
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Los inmigrantes que tienen trámites de inmigración pendientes o se encuentran protegidos por alguna acción diferida que detuvo temporalmente sus deportaciones y tienen pensado viajar fuera de Estados Unidos por las fiestas de navidad, deben verificar si están autorizados para hacerlo porque, de lo contrario, al regreso les pueden negar el ingreso al país.

“Si está amparado por DACA (Acción Diferida de 2012 para los dreamers), no puede salir de Estados Unidos porque el programa, cuando fue restablecido en enero de 2018 por orden de un juez, incluyó una cláusula que les prohíbe salir del país”, dijo a Univision José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

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El 9 de enero, cuatro meses después de ser cancelado el programa, el juez federal William Alsup, de la corte del norte de California, ordenó al gobierno de Trump volver a activar el programa tal como se encontraba el 4 de septiembre de 2017, pero advirtió que no quedaban protegidos los jóvenes que salieran del territorio estadounidense y posteriormente desearan regresar.

TPS solo con permiso

En cuanto a los inmigrantes cuyas deportaciones fueron diferidas por el Estatus de Protección Temporal (TPS), Guerrero dijo que “si bien pueden salir del país con una autorización, lo recomendable es que lo hagan solo si tienen una razón de emergencia”.

“Si no tiene urgencia, la obligación de salir o un viaje impostergable, lo mejor es quedarse en Estados Unidos. La mayoría de los que tienen TPS tienen una orden de deportación diferida, y esta puede activarse en cualquier momento”, indicó.

Guerrero también precisó que el TPS se trata de un programa discrecional “y no existe ninguna garantía respecto a cómo los beneficiarios del amparo serán tratados al momento de regresar al país. Hay que ser cauteloso”, subrayó.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración, por su parte, dijo que “si usted ha estado en Estados Unidos ilegalmente, podrá estar sujeto a una prohibición de admisión si sale del país, aún cuando se le haya emitido un 'documento de viaje'.

La agencia indicó además que bajo la Sección 212(a)(9)(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), “un extranjero es inadmisible si ha acumulado un periodo específico de presencia ilegal, abandona Estados Unidos después de acumular la presencia ilegal y luego solicita la admisión durante el periodo especificado. En este caso, puede enfrentar un castigo de entre 3 y 10 años fuera, dependiendo del tiempo de permanencia indocumentada.

Nadie se escapa

No solo indocumentados protegidos por DACA y TPS deben prestar atención a las advertencias. “En caso de una emergencia, y antes de salir de Estados Unidos, usted debe conocer qué documentos se le requerirán para volver a entrar al país, así como también debe entender si su salida afectará o no impactará negativamente su solicitud de beneficio de inmigración en el caso que lo tenga”, indicó la USCIS.

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Precisó además que “como regla general, cualquier persona que no es un ciudadano estadounidense, está sujeto a una revisión de inmigración cada vez que solicite admisión a Estados Unidos desde cualquier lugar fuera del país”.

E incluso aún si el extranjero ha sido admitido como residente permanente ( green card o tarjeta verde), “está sujeto a ser inspeccionado por un funcionario de inmigración. Y si durante la inspección se determina que usted es inadmisible (aun cuando haya sido admisible anteriormente), se le puede denegar la entrada al país”, subraya.

La USCIS señala además que “si usted desea obtener admisión o permiso de ingreso (parole) en un puerto de entrada, por lo general debe tener consigo un documento de viaje válido y que no haya caducado, como por ejemplo una green card, una visa estadounidense o un documento de permiso adelantado para presentárselo al funcionario en el puerto de entrada”.

Si tiene asilo

“Los asilados, al cumplir un año de permanencia física en el país, tienen derecho a pedir la residencia legal permanente”, indica Guerrero. “Y como residentes pueden viajar a cualquier parte del mundo, menos al país del que huyeron y que motivó pedirle amparo al gobierno de Estados Unidos”.

“Los asilados ni piensen ir a su país de origen, porque le van a quitar la protección. Y cuando regresen, es muy probable que no los dejen entrar. Ni lo sueñen”, previno.

Guerrero también advirtió que los extranjeros que viven legalmente en el país pero tienen antecedentes criminales, “deben tener cuidado si viajan, porque al regreso pueden ser detenidos en un puerto de entrada o les niegan la entrada al país porque el crimen que cometieron los convirtió en inadmisibles y/o deportables”.

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“En todos los casos, tanto para quienes tienen DACA, TPS, asilo o antecedentes criminales, antes de tomar la decisión de salir del país para pasar las fiestas de navidad, consulten con un abogado y averigüen si existen impedimentos o prohibiciones”, indicó. “El mismo consejo va para quienes tengan un caso pendiente”, apuntó.

La USCIS dijo que “viajar fuera de Estados Unidos podría tener serias consecuencias si está en proceso de ajustar su estatus (solicitar una Tarjeta Verde)”. En general, añadió, “si está solicitando estatus de inmigrante (tarjeta verde) y sale sin la documentación apropiada (por ejemplo un permiso adelantado), podría ser inadmisible una vez regrese, y aún si se le admitiera podría determinarse que usted ha abandonado su solicitud”.

En el caso de los turistas que ingresar con una visa de no inmigrante tipo B2 y pide una extensión del tiempo de permanencia autorizada y sale del país antes de que la USCIS tome una decisión, la agencia considerará que “abandonó el proceso” y cancelará el trámite, advirtió. “Y una vez regrese a Estados Unidos, es probable que se le deniegue la admisión si su actual estatus ha expirado”, dijo.

Cómo pide permiso

La USCIS explicó que los extranjeros que requieren una autorización para salir del país y volver a entrar, pueden hacerlo por medio del Formulario I-131 (Solicitud de Documento de Viaje) si cumple con ciertos criterios.

Si está experimentando una situación de extrema urgencia, puede visitar la oficina local de la agencia “para solicitar un documento de permiso adelantado de emergencia”, precisó. “Para visitar una oficina local para obtener este servicio, usted tiene que programar una cita a través del Centro de Contacto de USCIS. Puede comunicarse con nuestro centro de contacto llame al 1(800) 375-5283 o TTY 1(800) 767-1833”, explicó.

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Cuando vaya a la cita, debe llevar consigo:


  • Un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, completado y firmado;
  • La tarifa de presentación correcta del Formulario I-131 que asciende a $575;
  • Evidencia de apoyo de la petición de emergencia (por ejemplo, documentación médica, certificado de defunción); y
  • Dos fotos tipo pasaporte.

La agencia indicó que el lugar de presentación del Formulario I-131 dependerá del beneficio que desea obtener y que las indicaciones se encuentran en el documento. Añadió que “la oficina local podría aceptar una solicitud de permiso adelantado de emergencia si está experimentando una situación extremadamente urgente”.
En cuanto a viajes de negocios, bodas, festividades y otros eventos planificados usualmente, “no serían consideradas situaciones de emergencia”, apuntó.

Una vez iniciado un trámite para la obtención de un permiso de viaje, “usted debe solicitar el documento antes de salir del país”, recordó la agencia. Y dijo que por lo general un solicitante de documento de viaje “también debe completar el proceso de toma de datos biométricos en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC), gestión que tiene un costo de $85”.

“No cumplir con este requisito “podría causar que el solicitante pierda el permiso para reingresar al país y que ello conlleve la denegación de cualquier otra solicitud que se encuentre en trámite”, concluyó.

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Silvia Gómez, de 25 años, sentada junto a su hija de 9 años en el autobús en el que harán el primer trayecto hasta Tapachula. Se marcha porque su familia en Guatemala se lo pidió. Le dijeron que esperar hasta el 15 de enero de 2020 por su primera corte era un tiempo excesivo para andar con una niña en un albergue. Sus planes no están claros aún: cree que dejará a su hija en Guatemala y regresará a México cuando se aproxime su fecha de entrada a Estados Unidos para presentarse ante el juez de inmigración.
Imagen Almudena Toral/Univision
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