RALEIGH, Carolina del Norte. – La Asamblea General de Carolina del Norte aprobó la medida HB-10 y la convirtió en Ley este 20 de noviembre tras revertir el veto del gobernador de Carolina del Norte, Roy Cooper. La ley contempla reglas que obligarían a los alguaciles de los 100 condados del estado a colaborar con ICE.
Esto dice la ley HB-10, que obligaría a alguaciles a colaborar con ICE al hacer detenciones en NC
La ley HB-10 busca obligar a los alguaciles de Carolina del Norte a colaborar con autoridades migratorias cuando detienen a una persona. Esto es lo que dice el texto de la medida que ya fue aprobado por el Senado y la Cámara de Representantes.
La ley entrará en vigor el 1 de diciembre.
En años anteriores, la medida había sido aprobada por el Congreso estatal en al menos dos ocasiones. La iniciativa ha sido vetada y frenada por el gobernador Roy Cooper. Este 2024, el Congreso estatal tiene una supermayoría republicana por lo que ese veto pudo ser revertido.
Esto es lo que dice la iniciativa de ley punto por punto
- Cuando una persona esté reclusa por cualquier período en una cárcel del condado, la persona a cargo de las instalaciones deberá intentar determinar si la persona es residente permanente o cuenta con un estatus migratorio regular en Estados Unidos.
2 La revisión de estatus se realizará mediante dos vías: un documento que lo pruebe, como una licencia de conducir, visa o permiso de trabajo; o con una investigación del detenido.
3 La revisión se realizará si la persona detenida está acusada de delitos graves o un delito menor o grave de Clase A1 según el Artículo 8 del Capítulo 14 de los estatutos Generales.
4 Si la persona a cargo de la cárcel del condado no puede determinar si el detenido es un residente legal o ciudadano de Estados Unidos o sus territorios, deberá hacer una consulta a ICE.
5 Si la persona detenida no cuenta con un estatus migratorio regular en Estados Unidos, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos deberá ser notificado del estatus del prisionero y de su confinamiento en la instalación al recibir la consulta de la instalación.
6 Cuando una persona acusada de un delito penal se encuentre detenida por cualquier período en una cárcel del condado y la persona a cargo de la instalación haya sido notificada de que ICE ha emitido una orden de detención se deberá seguir lo siguiente: el prisionero será llevado sin demora innecesaria ante un funcionario judicial estatal a quien se le proporcionará la orden de detención y la orden administrativa, o una copia de estas y el funcionario judicial emitirá una orden que ordene que el prisionero sea mantenido bajo custodia.
7 A menos que otro proceso legal exija la custodia continua del detenido, será liberado en cuanto se cumpla la primera de las siguientes condiciones: han pasado 48 horas desde la recepción de la orden de detención y la orden administrativa, ICE toma la custodia del prisionero o ICE rescinde la orden de detención.
8 Ningún agente o agencia de aplicación de la ley estatal o local tendrá responsabilidad penal o civil por las medidas adoptadas.
9 Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará como una negación de la libertad bajo fianza a un detenido o como un impedimento para que un prisionero sea liberado de su confinamiento cuando ese prisionero sea elegible para la liberación.
10 Se otorgará una suma de $278,994 en 35 fondos recurrentes para el año fiscal 2024-2025 que se utilizarán para contratar a dos Inspectores de Cárceles a tiempo completo.
Podría interesarle:







