Corte de apelaciones falla en contra de una medida de Trump que prohíbe la entrada de migrantes sin seguro médico

La orden presidencial, emitida en octubre del año pasado, tiene como blanco a todos los extranjeros que tramitan una visa de inmigrante, ya sea por una petición familiar de residencia legal permanente (Formulario I-130) o por una petición laboral (Formulario I-140).
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Jorge Cancino
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Jorge Cancino.
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Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito falló en contra de una medida de la administración Trump que prohíbe la entrada de migrantes sin seguro médico.

El dictamen mantiene vigente el freno dictaminado en noviembre por un juez federal de Portland, Oregón, que detuvo temporalmente la puesta en vigor de una medida migratoria del gobierno que exigía a los inmigrantes tener un seguro de salud o demostrar que tienen recursos suficientes para costear sus gastos de salud para obtener una visa de entrada a Estados Unidos.

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En el dictamen sobe el caso John Doe#1 v. Trump, el panel de jueces decidió (en una votación 2-1) rechazar una moción del gobierno para suspender la orden de noviembre emitida por la corte federal de Portland y hacer cumplir la orden presidencial número 9945.

La orden exige a los migrantes que pidan una visa para entrar a Estados Unidos, o le tramiten la residencia por medio de una petición familiar o laboral, probar que cuentan con seguro médico.

“Si la persona no tiene seguro médico o no demuestra que tiene suficientes recursos para costear un problema médico o comprar un seguro de salud en Estados Unidos, le podrán negar la visa y no podrá entrar al país”, explicó José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

Razones del fallo

De entrar en vigor, “ la nueva regla suspendida temporalmente afectaría a más de la mitad de todos los inmigrantes”, dice el profesor Stephen Yale-Loehr, de la práctica de inmigración de la escuela de leyes de la Universidad de Cornell, Nueva York. “La decisión 2-1 de este lunes confirmó el fallo de suspensión temporal emitido en noviembre”, agregó.

Yale-Loehr dijo además que la opinión mayoritaria del panel de jueces del 9º Circuito, emitida por los jueces Sidney Thomas y Marsha Berzon, sostiene que “el tribunal inferior determinó adecuadamente que los demandantes sufrirían daños irreparables en la forma de una larga separación de sus seres queridos en el extranjero”.

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“La mayoría también señaló que el presidente no tiene poder ilimitado para negar visas de inmigrantes basado en preocupaciones económicas puramente domésticas”, añadió.

El juez Daniel Bress emitió un voto a favor de los argumentos presentados por el Ejecutivo.

Yale-Loehr dijo además que “seguramente el gobierno apelará la decisión del 9º Circuito ante la Corte Suprema”. E indicó además que si bien en 2018 “la Corte Suprema falló a favor del presidente con respecto a su prohibición de viajes de inmigración, los hechos aquí pueden dar lugar a una decisión diferente. El fallo de este lunes marca un hito importante en la limitación de los poderes de inmigración de un presidente, al menos en estos hechos".

Justificación oficial

Según un documento publicado en octubre por la Casa Blanca, cuando dio a conocer la medida, la nueva regla se implementa porque los proveedores de atención médica y los contribuyentes “soportan costos sustanciales en el pago de los gastos médicos en los que incurren las personas que carecen de seguro médico o la capacidad de pagar su atención médica”.

“Y los hospitales y otros proveedores a menudo atienden a las personas que no tienen seguro médico sin ninguna esperanza de recibir un reembolso”, indica.

El reglamento precisa que el blanco de la nueva medida redactada en el marco de la política migratoria de ‘tolerancia cero’ son todos los extranjeros que tramitan una visa de inmigrante, ya sea por una petición familiar de residencia legal permanente (Formulario I-130) o por una petición laboral (Formulario I-140).

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Las peticiones familiares de residencia pueden hacerla tanto ciudadanos estadounidenses como residentes legales permanentes. Las peticiones laborales incluyen cinco categorías, desde trabajadores con aptitudes hasta inversores.

La nueva norma, suspendida temporalmente, no afecta, entre otros, a extranjeros que tengan una visa de inmigrante válida emitida antes de la fecha de vigencia de la proclama, o aquellos que deseen ingresar de conformidad con una visa especial de inmigrante.

Tampoco impacta a los extranjeros hijos de un ciudadano de Estados Unidos o que desee ingresar a los Estados Unidos de conformidad con una visa IR-2, IR-3, IR-4, IH-3 o IH-4.

La nueva regla tampoco impedirá la entrada de extranjeros que ingresen a Estados Unidos a través de otros medios que no sean visas de inmigrantes, incluidos los residentes permanentes legales.

Los asilados y refugiados tampoco serán impactados por esta medida.

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Imagen TED ALJIBE/AFP via Getty Images
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