Ciertos indocumentados que llevan más de un año en EEUU todavía pueden pedir asilo

Inmigrantes que entraron sin autorización al país, fueron detenidos en la frontera o dentro de los primeros 14 días por el DHS, los procesaron, liberaron y no les dijeron que tenían un año para pedir asilo, podrán presentar el Formulario I-589.

Jorge Cancino
Por:
Jorge Cancino.
A partir del próximo 21 de agosto, El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ya no otorgará dicho documento en un plazo de 30 días, como se venía realizando. Además, se les ordenará preliminarmente a los jueces de inmigración ser más selectivos a la hora de conceder solicitudes de asilo y se les permitirá rechazar algunas de estas sin necesidad de una audiencia. Más información aquí.
Video Solicitantes de asilo en EEUU deberán esperar hasta un año por su permiso de trabajo

Un acuerdo judicial de reconciliación establecido en marzo abrió la puerta para que ciertos inmigrantes indocumentados que llevan más de un año en Estados Unidos puedan solicitar asilo, ganar sus casos y evitar ser deportados.

El recurso, denominado Acuerdo Conciliatorio ‘Méndez Rojas v. Wolf’, fue publicado por la Oficina de revisión de Casos de Inmigración (EOIR) y brinda orientación a los adjudicadores de la Corte de Inmigración y al personal administrativo respecto a “cómo cumplir con los requisitos” para permitir que ciertos inmigrantes que hayan presentado o presenten una solicitud de asilo un año después de haber ingresado al país.

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El acuerdo favorece a todos aquellos extranjeros que fueron detenidos en la frontera al momento de llegar o hasta 14 días después de ingresar sin autorización, establecieron miedo creíble, fueron liberados y no les indicaron que debían presentar asilo en el término de un año.

La ley de inmigración establece que los extranjeros que entran a Estados Unidos tienen un plazo máximo de un año (365 días) para pedir asilo o la protección del gobierno.

Válido en todo el país

El acuerdo permite que asolo aquellos inmigrantes que prueben pertenecer a una “membresía de clase” o que fueron protegidos por el acuerdo Méndez Rojas v. Wolf, “serán considerados” como que presentaron “oportunamente una solicitud de asilo”.

La reglamentación, publicada por la EOIR, establece que el acuerdo tiene validez nacional y que pos posibles beneficiarios “entreguen documentación” que establezca “membresía de clase” y presentó oportunamente su caso de asilo.

Quienes lo prueben recibirán un alivio de deportación y, como parte del acuerdo, podrán presentar el Formulario I-589 (Petición de Asilo y Suspensión de Deportación), la que será procesada por la Oficinas de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

“La corte certifico la acción de clase y cualquier persona que pruebe estar amparado bajo el acuerdo, podrá entregar su petición de asilo, aunque lleve más de un año en el país. Esa solicitud será considerada como que fue entregada a tiempo”, dijo José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida).

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“Antes de enviar el Formulario I-589 es recomendable que la persona hable con un abogado para revisar su expediente y verificar que cumple con todos los requisitos”, indicó.

El acuerdo

El acuerdo de conciliación define dos categorías de miembros de clase:


  • Clase A ("Clase de miedo creíble"): Todas las personas que fueron detenidas por el DHS a su llegada o dentro de los 14 días posteriores a la entrada no autorizada al país, fueron liberados tras determinarse temor creíble de persecución o tortura y no recibió un aviso individualizado de plazo de un año para presentar una solicitud de asilo.
  • Clase B ("Clase de otros participantes"). Personas que se encontraron con el DHS a su llegada o dentro de los 14 días posteriores a la entrada no autorizada; expresaron el temor de regresar a su país de origen, fueron liberados por el DHS tras la emisión de una Notificación de Comparecencia (NTA) y no recibieron un aviso individualizado del plazo de un año para presentar una solicitud de asilo.

Cada Clase, a su vez, tiene dos subclases, una dentro de la jurisdicción de la EOIR y otra bajo la jurisdicción del DHS:
En ambas categorías los requisitos son:


  1. Debe haber sido encontrado por el DHS a su llegada o dentro de los 14 días posteriores a la entrada no autorizada;
  2. Debe haber sido liberado o fue liberado de la custodia del DHS;
  3. Debe haber demostrado tener un temor creíble de persecución;
  4. No recibió un aviso individualizado de la fecha límite de un año para la presentación de asilo; y,
  5. No ha solicitado asilo después de un año de su entrada al país.

Quién es miembro de clase

El acuerdo establece que para ser miembro de clase, las persona debe:

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  • Haber sido encontrado por el DHS a su llegada o dentro de los 14 días posteriores a la entrada indocumentada;
  • Haber expresado temor de regresar a su país de origen;
  • Debe haber sido liberado de la custodia del DHS tras la emisión de una Notificación de Comparecencia (NTA);
  • No recibió un aviso individualizado de la fecha límite de un año para la presentación de asilo; y,
  • Aún no debe haber solicitado asilo solicitado asilo después de un año de su última llegada al país.

Los beneficiarios del acuerdo deben haber recibido una NTA o estaban en proceso de deportación el 30 de junio de 2016 o después y sujetos a todas las demás limitaciones establecidas en el acuerdo de conciliación. Los que fueron deportados al 30 de junio de 2016 quedan excluido de la membresía de clase, señala el reglamento.

Casos cerrados

En cuanto a los casos cerrados administrativamente, el reglamento indica que las personas deben gestionar una “recalendarización” antes del 31 de marzo de 2022 “con el fin de buscar alivio colectivo, o de lo contrario perderán el derecho obtener beneficios bajo el acuerdo de solución”.

Añade que para los casos cerrados administrativamente “donde nunca se presentó un Formulario I-589 ante la corte de inmigración o el Formulario I-589 fue retirado de consideración por la corte de inmigración antes del cierre administrativo, “el miembro de la acción de clase debe presentar afirmativamente una moción por escrito para recalendarizar el caso ante la corte de inmigración, notificar a la corte de inmigración sobre su estado como miembro de la clase y, simultáneamente, presentar un Formulario I-589 antes del 31 de marzo de 2022.

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En aquellos casos cerrados administrativamente donde el Formulario I-589 estaba pendiente en el momento en que el caso fue cerrado por el juez, “el miembro de la clase debe presentar una moción por escrito para recalendarizar y notificar a la
corte de inmigración de su estado como miembro de la clase antes del 31 de marzo de 2022”, indica.

Mociones de reapertura

La EOIR indicó además que aquellas personas que recibieron una orden final de deportación el 30 de junio de 2016 o después y resultaron inelegibles o sus casos de asilo fueron negados total o parcialmente y persona no presentó el Formulario I-589 dentro de un año de su llegada, “puede presentar una moción de reapertura obre la base de la acción de clase de del Acuerdo Méndez Rojas”.

“Esta moción para reabrir el caso está exenta de cualquier tiempo y número legal y requisitos reglamentario requisitos, pero debe cumplir con los procedimientos existentes relacionados con tales mociones”, precisó.

En el caso de aquellos casos que involucra a miembros de la clase con órdenes de finales de deportación que deseen solicitar una suspensión de deportación, el reglamento indica que “deben presentar una solicitud de suspensión de acuerdo con los procedimientos existentes”.

Advierte además que las personas “con órdenes de deportación o expulsión en ausencia no pueden usar la clase de membresía Méndez Rojas como una base independiente para avanzar y reabrir los procedimientos de deportación o remoción bajo el acuerdo de conciliación”.

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Los departamentos de Seguridad Nacional (DHS) y de Justicia (DOJ) “adoptarán y publicarán un procedimiento uniforme para que los extranjeros presenten un Formulario I-589 dentro de los 60 días posteriores a la aprobación final del tribunal de distrito del acuerdo de conciliación”, dijo la EOIR.

A su vez, indicó que la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) ya actualizó en su sitio web información sobre cómo determinar dónde se debe presentar una solicitud de asilo.

Después del caso de los mexicanos 
<a href="https://www.univision.com/nueva-york/wxtv/noticias/indocumentados/fueron-a-celebrar-el-dia-de-independencia-con-su-hija-en-una-base-militar-y-ahora-estan-en-un-centro-de-detencion-de-ice">Margarito Silva y Concepción Barrios que fueron detenidos en una base militar</a> en donde fueron a visitar a su yerno y a su hija el 4 de julio como solían hacerlo todos los años, el abogado de inmigración Jaime Barron advierte tajante: “Si están en condición irregular en EEUU no se acerquen a una propiedad federal o del estado en donde pueda ser cuestionada su legalidad”.
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El abogado Ezequiel Hernández coincide en la idea de que bajo la política de ‘tolerancia cero’ que está operando en todo el país hay más razones para mantenerse alejados de cualquier lugar en donde la identidad de las personas sea susceptible de ser revisada. Incluso si el inmigrante tiene estatus legal, siempre es recomendable tener documentos consigo.
<b>Un consejo sobre qué hacer si inmigración llega a tu casa. </b>El abogado de inmigración Ezequiel Hernández indica que es muy importante guardar silencio.
Los expertos parecen reconocer fácilmente algunos lugares en donde por cuestiones de seguir el protocolo que corresponde implica revisar la validez de la identidad y a hacer una revisión de los antecedentes de las personas.
<b>Bases militares</b>
<br>“Esta pareja de esposos mexicanos que fueron entregados a la patrulla fronteriza al igual que le ocurrió hace unas semanas al joven que fue a entregar unas pizzas a una base militar ingresaron, quizás sin ser concientes, a uno de los lugares prohibidos para aquellos que están en situación irregular en el país”, explica Hernández. 
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Si bien en épocas pasadas Margarito Silva y Concepción Barrios lograron visitar a su yerno, un sargento activo, usando la tarjeta de identificación que les había otorgado la ciudad de Nueva York, queda evidenciado con este arresto que ahora, bajo las políticas del gobierno Trump, las condiciones y el escrutinio sobre la identidad de las personas es mayor. Este tipo de identificaciones locales no tienen validez federal y en muchas ocasiones se han convertido en delatores de estatus migratorios irregulares.
La base militar Fort Hamilton, por ejemplo, en donde ocurrió
<a href="https://www.univision.com/nueva-york/wxtv/noticias/inmigracion/fue-a-entregar-una-pizza-en-una-base-del-ejercito-los-militares-llamaron-a-ice-y-ahora-sera-deportado"> la detención del hombre de 35 años que fue a llevar el domicilio de unas pizzas,</a> explicó en su momento que "los funcionarios del Departamento de Defensa, desde sus comandos, 
<b>están autorizados a tomar medidas necesarias y dentro de la ley para proteger al personal y sus instalaciones". </b>Explicaron que actuaron tras descubrir "una orden federal de arresto en su contra, lo que instó a los oficiales a contactar a las autoridades apropiadas".
Además de bases militares, los abogados de inmigración añaden a esta lista las cortes federales, aunque advierten que es importante que asistan si están llevando algún proceso, también las cárceles federales, centros de detención de ICE, oficinas del FBI. "Muchas veces los jefes envían a trabajadores como albañiles, plomeros, electricistas que están en situación de irregularidad a estos lugares sin advertiles el riesgo que corren", explica Jaime Barron.
<b>Aeropuertos</b>
<br>Los aeropuertos son también territorios federales, así que las personas que acudan a ellos están más suceptibles a que un agente los interpele y les haga preguntas. Por eso, la recomendación de la abogada de inmigración Jessica Domínguez es que “más que evitar este espacio en caso de querer realizar vuelos nacionales, siempre se acuda con documentos verdaderos y en regla, porque de lo contrario tener documentos falsos sí los puede poner más en riesgo”.
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Algunos estados y ciudades "han identificado u otorgado licencias a indocumentados”, 
<a href="https://www.univision.com/noticias/inmigracion/a-partir-del-2018-quienes-no-tengan-una-licencia-aprobada-por-el-gobierno-no-podran-subirse-a-un-avion">pero de acuerdo con las reglas del Real ID, que entraron en vigencia el 22 de enero de 2018</a>, “estas personas podrían tener dificultades para subirse a un avión dentro de Estados Unidos”, según explica Rebeca Sánchez-Roig, una abogada de inmigración que ejerce en Miami, Florida. “Varios estados, entre ellos Florida, no le otorgan identificación ni licencia a los indocumentados. Por tanto, los indocumentados que viven en este estado, aunque tengan algún otro tipo de identificación, no podrán volar”, indicó. “Podrán usar sus identificaciones para otros fines, pero no para abordar un avión bajo las leyes federales”.
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Así, este sigue siendo uno de los espacios que más riesgo representa para los inmigrantes indocumentados. “Sobre la legalidad de la detención o los registros en los aeropuertos, las leyes permiten que agentes de inmigración detengan a una persona sin una orden de arresto, si el oficial tiene razón de creer que la persona está en el país ilegalmente”, 
<a href="https://www.univision.com/noticias/inmigracion/puede-ice-pedirte-tus-documentos-en-un-vuelo-nacional-dentro-de-estados-unidos">explica Lilia Velásquez, profesora adjunta de la facultad de leyes de la Universidad de California en San Diego.</a> “Aunque existe precedente en el 9º Circuito, que oficiales no pueden detener a alguien sólo por su apariencia hispana (perfil racial)”.
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<b>Edificios federales</b>
<br>Otro de los lugares que los abogados migratorios reconocen como lugares de alto riesgo para los inmigrantes indocumentados son cualquier tipo de edificio federal. Existe una larguísima lista de edificios federales en cada estado que va mucho más allá de los obvios, por eso cuando se están haciendo trámites es muy importante que se sepa si al edificio que se va a acudir es federal.
Como lo recuerda el abogado Ezequiel Hernández, “hasta las oficinas de correo son edificios federales, en los que en caso de cometer alguna falta te podrían procesar en términos migratorios”. Son edificios federales también, por ejemplo, el zoológico de Washington que, al operar bajo la institución del Smithsonian, recibe créditos federales para gastos de funcionamiento. 
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<b>Zonas</b> 
<b>fronterizas</b>
<br>Finalmente, otro de los lugares en los que cualquier personas corre mayo riesgo de que su identidad sea escrutada y verificada y su pasado legal revelado son los territorios fronterizos. El 25 de enero del año pasado, 
<a href="https://www.univision.com/temas/donald-trump">Donald Trump </a>firmó la 
<a href="https://www.univision.com/noticias/inmigracion/texto-completo-de-la-orden-ejecutiva-de-trump-sobre-sobre-ciudades-santuario">Orden Ejecutiva 13768</a> sobre las jurisdicciones o ciudades santuario. En ella, el mandatario estableció nuevas prioridades de deportación y decretó que la permanencia indocumentada era una amenaza a la seguridad pública y nacional. Con este paso, el gobierno puso a los 11 millones de inmigrantes indocumentados que se cree viven en Estados Unidos, algunos establecidos desde hace más de dos décadas y sin antecedentes penales, en la mira de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) en todo el territorio nacional. En la franja fronteriza de hasta 100 millas tierra adentro es lugar de operación de la Patrulla Fronteriza, que tiene toda la autoridad de perdir documentación sin una orden de un juez.
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Después del caso de los mexicanos Margarito Silva y Concepción Barrios que fueron detenidos en una base militar en donde fueron a visitar a su yerno y a su hija el 4 de julio como solían hacerlo todos los años, el abogado de inmigración Jaime Barron advierte tajante: “Si están en condición irregular en EEUU no se acerquen a una propiedad federal o del estado en donde pueda ser cuestionada su legalidad”.
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