Una regla de inmigración puede poner en riesgo a residentes legales permanentes que viajan fuera de EEUU

A algunos residentes que permanecen más allá del tiempo de permiso fuera del país les ofrecen firmar el formulario I-407, para renunciar voluntariamente a la green card. Abogados recomiendan no hacerlo y tener la oportunidad de ver a un juez de inmigración.

Jorge Cancino
Por:
Jorge Cancino.
Según los expertos en leyes migratorias, aseguran que si un residente legal viaja al extranjero y al volver es detenido no debe firmar el formulario I-407 porque al hacerlo estaría renunciando a su tarjeta de residente.
Video ¿Qué es el formulario I-407 y por qué los residentes permanentes no deberían firmarlo?

Los residentes legales permanentes pueden salir y entrar al país y no necesitan un permiso especial. Solo presentan la green card (tarjeta verde) en el puerto de entrada.

Así ha sido desde siempre. El problema es que una regla general aplicada hasta ahora señala que, en las ausencias de más de un año, el gobierno puede considerar que la persona abandonó su estatus de residente permanente.

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Pero también es cierto que cuando un residente permanece fuera más de seis meses, también pone en riesgo su green card porque en el puerto de entrada “el agente federal que lo recibe puede asumir que usted no reside en Estados Unidos sino en el extranjero”, dice Jaime Barrón, un abogado de inmigración que ejerce en Dallas, Texas.

“La diferencia entre un viaje que acumule más de seis meses y otro que pase de un año, en el segundo el agente de la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (CBP) puede determinar que efectivamente usted abandonó su estatus, a menos que tenga razones y un permiso que aclare por qué tardó en volver al país”, agregó.

Seis meses

A la pregunta respecto a cuánto es el tiempo máximo de permanencia fuera del país para no perder la residencia legal permanente, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) dijo a Univision Noticias que es de “seis meses”.

La CBP también confirmó el plazo de tiempo. “Una vez que el agente recibe a una persona en un puerto de entrada y descubre que se ha pasado de los seis meses permitido para estar ausente del país, puede, en uso de su discrecionalidad, cancelar la residencia o informarle al portador de la residencia del problema”, dijo Jaime Ruiz, vocero del CBP.

El funcionario agregó que “tenemos la autoridad (otorgada por la ley) para hacerlo. Pero también podemos decirle y ofrecerle a la persona un formulario I-407, de renuncia voluntaria de la residencia, para que en el futuro pueda volver a aplicar sin tener consecuencias de pedir una renovación de la residencia legal permanente”.

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El formulario I-407

El formulario I-407, explica la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), es el documento por medio del cual un extranjero “ha decidido voluntariamente abandonar su estatus como residente legal permanente (LPR, por su sigla en inglés) en Estados Unidos”.

“El problema es que mucha gente no sabe de qué se trata el documento. Y si lo firman, pues renunciar a la green card y los devuelven a su país de origen”, dice Juan José Gutiérrez, director ejecutivo del Movimiento Latino USA en Los Ángeles, California.

“Las personas que lo firman y son residentes legales, están renunciando voluntariamente a este beneficio. Es riesgoso si lo hacen y no tienen la información sobre los riesgos que corren”, advierte Barrón.

El abogado explicó además que, en ciertos casos, el gobierno incluso puede considerar que una persona residente legal permanente no vive en el país o lleva demasiado tiempo sin dar aviso o solicitado un permiso de reingreso por haber estado más allá del tiempo permitido”.

“Durante el proceso, usted podrá explicarle a la corte cuáles son los motivos que tuvo por haber permanecido más tiempo del permitido antes de poner en riesgo su residencia”, explicó José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

Revisiones más rigurosas

El CBP reconoció que las revisiones en los puertos de entrada son más rigurosas. “En el último tiempo hemos visto un aumento del flujo migratorio y eso se refleja en todas las áreas de trabajo diario de la agencia”, dijo Ruiz.

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El vocero agregó que “las personas no deben olvidarse que la green card está condicionada a la buena conducta. No solo por permanecer más de 180 días fuera o una ausencia prolongada se pone en riesgo. El proceder a una cancelación o retiro de la tarjeta de residencia no es una ley nuestra, del CBP, sino que así lo establece la ley de inmigración de Estados Unidos (INA)”.

“Las personas que tienen la green card tienen derechos y obligaciones que cumplir. Mucha gente, cuando obtiene la tarjeta verde, se marcha a vivir al extranjero y se olvida que no puede estar más allá del tiempo de lo permitido”, apuntó.

Mitos de la Green card

Ruiz señala demás que “hay muchos mitos respecto a la green card. Las personas piensan que cuando la obtienen nunca la perderán hasta que consigan la ciudadanía, a menos que renuncien a ella. Eso no es cierto. Existen muchos motivos o causas por las cuales se puede perder la tarjeta verde, como por ejemplo dos cargos por DUI (manejar borracho o bajo la influencia de drogas), violencia doméstica o cualquier otro crimen grave, felonías, como por ejemplo el robo agravado”.

El portavoz del CBP también indicó que bajo el actual gobierno “muchos han regresado para tramitar la ciudadanía y asegurar su permanencia, pero cuando vuelven no reparan que estuvieron más allá de lo permitido y descubren que han perdido la residencia”.

“Ahora bien. También los agentes del CBP, cuando reciben a las personas y descubren que no hay movimientos en su historial desde la última vez que salieron, automáticamente se encienden las alertas y es entonces cuando se descubre que la ausencia pasa de los seis meses”.

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Para evitar estos inconvenientes, Ruiz dijo que “las personas deben tener en cuenta que cuando salen y van a estar más tiempo del permitido fuera, deben acudir a la embajada o al consulado para gestionar un permiso y, al entrar, mostrarlo. Entonces podrán ingresar al país sin complicaciones”.

El reglamento

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) señala que la residencia legal permanente puede perderse si el beneficiario “abandona el estatus intencionalmente”. Y que el gobierno puede considerar que la persona abandonó el estatus en los siguientes casos:


  • Se muda a otro país con la intención de vivir allí permanentemente.
  • Permanece fuera de Estados Unidos durante un período prolongado de tiempo, a menos que tenga la intención de que esto sea una ausencia temporal.

En caso de tratarse de una ausencia temporal, debe demostrar:

  • El motivo de su viaje
  • Cuánto tiempo intentaba estar ausente de Estados Unidos
  • Cualquier otra circunstancia por su ausencia
  • Cualquier evento que pueda haber prolongado su ausencia.

La agencia federal explica además que “obtener un permiso de viaje adelantado de USCIS antes de su partida o una visa de residente que regresa (SB-1) de un consulado de EEUU mientras está en el extranjero, puede ayudarlo a demostrar que solo planeaba una ausencia temporal”.

Datos clave

La USCIS también recordó que los residentes legales permanentes tienen derechos y responsabilidades, entre ellos:

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  • Vivir permanentemente en los Estados Unidos, siempre y cuando usted no cometa ninguna acción por la que pueda ser deportado o removido según lo establece ley de inmigración.
  • Trabajar en los Estados Unidos en cualquier trabajo legal para el cual esté cualificado o elija. (Tenga en cuenta que por razones de seguridad, algunos trabajos estarán disponibles sólo para ciudadanos estadounidenses)
  • Estar amparado por las leyes de los Estados Unidos, del estado donde resida y de las jurisdicciones locales

Además:

  • Debe obedecer todas las leyes federales, estatales y locales
  • Debe presentar sus contribuciones federales y declarar sus ingresos al Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS, por sus siglas en inglés) y a las autoridades fiscales estatales
  • Está supuesto a apoyar la forma democrática del gobierno y no cambiar el gobierno por medios ilegales
  • Debe inscribirse en el Servicio Selectivo si es un varón que tiene entre 18 y 25 años.
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